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Carta Porte: todo lo que debes de saber

Carta Porte

¿Qué es la Carta Porte?

La Carta Porte es un complemento que incorpora al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), información relacionada con los bienes o mercancías, la ubicación de origen, los puntos intermedios y de destino, además de la información del medio por el que se transporta: vía terrestre, por carretera federal o líneas férreas, vía aérea, vía marítima o fluvial; así como la inclusión de traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

Con este complemento incorporado al CFDI, se acredita la posesión de mercancías, se brinda información de su procedencia, el destino y los diferentes medios de transporte. En otras palabras, se podrá amparar la posesión legal de las mercancías.

¿Cuáles son los beneficios de la carta porte?

(SAT, 2021).

¿Qué información lleva la Carta Porte?

En el reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, el artículo 74 indica que los transportistas deberán emitir por cada embarque una Carta de Porte debidamente documentada, conteniendo, además de los requisitos fiscales y de las disposiciones aplicables contenidas en dicho reglamento, lo siguiente:

  1. Denominación social o nombre del autotransportista y del expedidor y sus domicilios
  2. Nombre y domicilio del destinatario
  3. Designación de la mercancía con expresión de su calidad genérica, peso y marcas o signos exteriores de los bultos o embalaje que se contengan, y en su caso, el valor declarado de los mismos
  4. Precio del transporte y cualquier otro cobro derivado del mismo
  5. Fecha en la que se efectúa la expedición
  6. Lugar de recepción de la mercancía por el autotransportista, y
  7. Lugar y fecha o plazo en el que habrá de hacerse la entrega al destinatario

(CANACAR, 2021).

¿Quiénes deben emitir CFDI con Carta Porte?

Los propietarios de los bienes o mercancías o quienes actúan como intermediarios o agentes de transporte que necesiten trasladar mercancías para amparar el traslado por carreteras.

Quienes se dediquen al traslado de bienes o mercancías, para amparar el cobro por el servicio prestado (SAT, 2021).

¿Cuál CFDI emitir? ¿De Ingreso o de traslado?

Todos los contribuyentes relacionados con el traslado de mercancías deberán expedir el CFDI con complemento Carta Porte, de tipo de traslado o de tipo ingreso, según su participación en la operación.

El CFDI de traslado deberá emitirse por los propietarios de mercancías, los intermediarios (agentes cuya actividad principal no es ser transportista) y los agentes de transporte (prestadores de servicios especializados, actuando como intermediario entre el usuario y el transportista, solucionando por cuenta del cliente, los problemas implícitos en el flujo físico de las mercancías).

El CFDI de traslado cuenta con valor importe ceros y solo se indica el producto, más la Carta Porte, muestra la información de la mercancía que se traslada y el transporte que se utiliza.

Por otro lado, el CFDI de ingreso deberá emitirse por los contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga que circule por vía terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial.

Este CFDI indica que se trata de una operación comercial, más la Carta Porte muestran la información de la mercancía que se traslada y el transporte que se utiliza (SAT, 2021).

Modalidades de prestadores de servicios de transporte

DueñoTransportistaCliente

Y

Una sola unidadUna sola unidad
ProveedorAgente de CargaTransportistaCliente

Flujo de operación

Información de apoyo

  1. Catálogos del complemento: claves y descripciones de los catálogos a utilizar en el llenado de factura. Consultar aquí.
  2. Instructivo de llenado del CFDI con complemento de Carta Porte. Consultar aquí.
  3. Preguntas frecuentes. Consultar aquí.

Documentos técnicos oficiales del complemento Carta Porte:

  1. Esquema de Carta Porte (xsd)
  2. Estándar de Carta Porte (pdf)
  3. Secuencia de Cadena Original Carta Porte (xslt)
  4. Esquema de los catálogos (xsd)
  5. Matriz de errores (Consultar)

En GEJOSA Transportes nos mantemos en constante actualización para brindarte el mejor servicio, con la atención, calidad y profesionalismo que mereces. Si deseas cotizar y solicitar nuestro servicio, da clic aquí.

Bibliografía

CANACAR, (2021). Reglamento de autotransporte federal y servicios auxiliares. Obtenido de CANACAR: https://canacar.com.mx/app/uploads/2016/02/1.-AutotFedyServAux.pdf

SAT. (2021). Carta Porte Autotransporte. Obtenido de SAT: http://omawww.sat.gob.mx/cartaporte/Paginas/autotransporte/index.html

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